Individual Masculino

RIDE: RÉGIMEN INTERNO DISCIPLINARIO ESPECIAL ESCUELAS DEPORTIVAS

ANEXO I: RIDE
Régimen Interno Disciplinario Especial
  para
Escuelas Deportivas del INDEPENDIENTE B.C.

El Independiente B.C. considera oportuno la creación para sus Escuelas deportivas de Bádminton un Régimen Interno Disciplinario Especial (RIDE) con el fin de prevenir en los alumnos y jugadores a estas edades tempranas, que no siempre están bien socializados y en muchas ocasiones presentan un comportamiento poco maduro, controlado e irrespetuoso (insultos, agresiones o vejaciones y faltas de respeto) entre sus iguales y ante las figuras de autoridad, adquirir lo más rápidamente posible una buena conducta deportiva y reducir la aparición de posibles problemas de conducta y conflictos interpersonales entre el alumnado de nuestras escuelas. Dicho RIDE será comunicado a los alumnos o jugadores de las escuelas deportivas del club, así como a sus padres, responsables legales de dichos menores.
 
Para ello este RIDE definirá un conjunto de faltas en función de su gravedad acompañadas de un conjunto de sanciones aplicar después de llevarse a cabo el proceso sancionador por el personal responsable.
Tipos de Faltas:
1. Falta Leve: insultar, vejar (escupir,...) o faltar al respeto a un compañero de dicha escuela.
 
2. Falta Grave: realizar faltas leves de forma reiterativa o agredir físicamente a un compañero o insultar, vejar o faltar al respeto a un monitor o técnico del club.
 
3. Falta muy Grave: agredir de forma reiterativa a uno o varios compañeros de dicha escuela, o insultar, vejar, faltar de forma reiterativa o agredir físicamente a un monitor o técnico del club.
 
Tipos de Sanción:
1. Sanción Falta leve: Dejar de participar en el resto de la sesión. Para poder participar en la siguiente sesión deberá pedir disculpas públicamente al ofendido o injuriado con propósito de enmienda.
 
2. Sanción Falta Grave: Dejar de participar en el resto de la sesión y una sesión más de sanción a la que asistirá pero no podrá participar con el resto de sus compañeros. Para poder participar en la siguiente sesión el alumno deberá pedir disculpas publicas al agredido con propósito de enmienda.
 
3. Sanción Falta muy Grave: No participar en dicha actividad durante un periodo no inferior a 15 días ni superior a 1 mes.
 
El proceso sancionador será llevado a cabo por el monitor o técnico responsable de dicha actividad después de haber llevado a cabo el correspondiente y necesario proceso investigador, escuchando siempre a ambas partes y todos aquellos testigos que considere oportuno dicho responsable. Dicho responsable comunicará siempre por escrito al Comité de Disciplina Deportiva del Independiente B.C. el proceso de investigación llevado a cabo así como el proceso sancionador, señalando la sanción impuesta en función de la falta cometida siguiendo el RIDE. Así mismo el resposable (monitor o técnico) comunicará de forma directa (oralmente o por teléfono) al alumno o jugador sancionado y padres de los mismos, al ser los responsables legales del menor, la sanción impuesta informándoles del motivo y de la investigación llevada a cabo para la imposición de la misma.

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